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Por:   •  10/5/2016  •  Trabalho acadêmico  •  32.478 Palavras (130 Páginas)  •  324 Visualizações

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[pic 1]

CONTRATOS   PARTE GENERAL

IMPORTANCIA ECONOMICO SOCIAL DEL CONTRATO

Todas las personas, naturales o jurídicas, necesitan de bienes (comestibles, muebles , ropa, por ejem.)  y servicios (asesorías, atención médica, confecciones, intermediación bancaria , por ejem.) para desenvolverse en la actividad en la que se encuentren inmersos. Como no es posible que uno mismo pueda proveérselos  totalmente, buscamos quien los  haga y hemos de ponernos de acuerdo de  modo que esa  provisión se realice, en la medida de lo posible, en la manera y oportunidad que queremos.

[pic 2]

El contrato sirve para eso. Se le reconoce un carácter instrumental porque es un instrumento para satisfacer  nuestra necesidad de bienes y servicios , tal vez el mejor  y tan eficiente que muchas veces  las personas contratan sin saber que lo están  haciendo. En función de esas necesidades, diferentes según el grado de desarrollo de la sociedad, las personas comunes y corrientes inventan contratos, los desechan, los reinventan, en la medida que sirvan como los instrumentos e-fi-cien-tes que deben ser.

[pic 3]

Si dentro de los muchos contratos inventados que las personas encuentran a su disposición no hay uno que sirva para satisfacer las necesidades que tienen, pues  inventan uno que si lo haga porque el ordenamiento les ha dado libertad para ello, pero una libertad  que debe ser entendida dentro de la LEY; es decir al inventar el nuevo contrato deben de respetarse las reglas generales e imperativas de la contratación que representan el interés público . El límite de esa libertad particular es el interés colectivo.

[pic 4]

Por eso el contrato evoluciona para adecuarse a las exigencias de su tiempo, pues cada tiempo plantea nuevas necesidades como retos a satisfacer ; y esa evolución no solamente se aprecia por la aparición de nuevos y novedosos contratos sino inclusive por la aparición de una nueva noción de contrato. Por tales razones se habla de una definición clásica de contrato ( en donde la negociación entre los contratantes  es una etapa muy presente y definida)  y una definición moderna  de contrato ( en donde se busca reemplazar la negociación entre las partes con la predisposición o preparación de los términos del contrato a cargo de una de las partes contratantes) .

Esas nuevas necesidades explican porqué es que muchos contratos no han existido antes y otros han dejado de existir.

[pic 5]

Contratar es , pues , un acto consciente . Nadie contrata por contratar, alvo que se trate de un caso patológico,  que para nada altera nuestra conclusión.

El contrato es el reflejo de una operación económica, dada su naturaleza patrimonial y porque permite la circulación de los bienes y la provisión de los servicios, permite el intercambio , creando riqueza y permitiendo que los bienes escasos pasen a manos de quienes más los necesitan, pues todos no pueden contar con dichos bienes.[pic 6]

                                 

DEFINICION DE CONTRATO  ART.1351 C.C.-

NO PUEDE HABER UNA PARTE, PORQUE PARA QUE HAYA ACUERDO SE REQUIERE DOS O MÁS PARTES[pic 7]

“EL CONTRATO ES EL ACUERDO DE DOS A MAS PARTES PARA(1) CREAR, (2) REGULAR, (3) MODIFCAR O (4) EXTINGUIR UNA RELACION JURIDICA PATRIMONIAL.[pic 8]

                                                                TIENE QUE SER PATRIMONIAL, PORQUE EL CONTRATO ES FUENTE DE OBLIGACIONES Y ÉSTAS TIENEN UN CARÁCTER PATRIMONIAL

¿ACUERDO DE PARTES ?, ¿QUÉ ES PARTE,QUIÉN ES PARTE?

Parte es la persona o personas, naturales  o jurídicas, que están conformando un  centro de interés. En una compra venta, por ejemplo, hay quienes tienen interés en vender  y otros en comprar; en el suministro, hay quienes quieren suministrar  bienes y otros que quieren que se les suministre bienes.

En el arrendamiento de una casa de propiedad de Juan, Luis y Maura favor de EVANS S.A.A. ,por ejemplo, hay una parte ( conformada por tres personas naturales) interesada en dar en arrendamiento  y otra parte (conformada por una persona jurídica) interesada en tomar en arrendamiento. Pese a que hay cuatro personas interviniendo en el contrato, solo hay dos partes contractuales.

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.

Las partes no siempre invierten el mismo tiempo en celebrar o perfeccionar  o concluir un contrato. Normalmente las partes pasan por una etapa de (1) negociación que sirve para que vayan acercando sus posturas ( voluntades singulares)  hasta que encuentran una total concordancia ( manifestación de voluntad común) , entonces -cuando la hay- se produce la (2) celebración, perfeccionamiento o conclusión del contrato, luego de lo cual  se pasa a la etapa de (3) ejecución del contrato , que es la etapa en donde deben de cumplirse las obligaciones nacidas por ese acuerdo de voluntades.

                Si Juan desea venderle su casa a Elsa, cuando comienzan sus negociaciones , cada uno de ellos va premunido ideas diferentes respecto del contenido del contrato  ( precio, condiciones, forma de pago, garantías, etc.) . Esas  voluntades singulares  van acercándose durante la etapa de negociación ( se van poniendo de acuerdo sobre el precio, luego sobres las condiciones, etc) hasta que por fin hay un acuerdo sobre todos los extremos del contrato , entonces se dice que hay una manifestación de voluntad común que permite que tengamos un contrato del que nacen una serie de obligaciones ( la obligación de pagar el precio, la obligación de otorgar la garantía , la obligación de entregar el bien, por ejem.), las que en tanto que son obligaciones deben ser cumplidas .

No puede dejar de anotarse que dichas negociaciones no siempre terminan en un acuerdo sobre todos los extremos del contrato, pues en los casos en los que la etapa de negociación no concluye en acuerdo el contrato no llega a existir.

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         Si no hay acuerdo no hay contrato.

                                  DEFINICION DE ACTO JURIDICO ART.140 C.C.

PUEDE SER UNA  O MÁS[pic 11][pic 12]

MANIFESTACIONES

“ES UNA MANIFESTACION DE VOLUNTAD DESTINADA A (1) CREAR (2) REGULAR (3) MODIFICAR O  (4)  EXTINGUIR UNA RELACION JURIDICA”[pic 13][pic 14]

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